PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1990 - 1994




Promulgación: 28/12/1990
Publicación: 10/01/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 759
Referencias a toda la norma

SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 28 - BANCO DE PREVISION SOCIAL

Artículo 572

    La determinación de las obligaciones tributarias de las que sea sujeto
activo el Banco de Previsión Social, compete al jerarca superior de la
Asesoría Tributaria y Recaudación o al funcionario que corresponda
subrogarlo.
    Los testimonios de las resoluciones adoptadas en el ejercicio de dicha
competencia, que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 92 del
Código Tributario, constituyen título ejecutivo.
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