SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 26 - UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA
Artículo 522
Apruébase el Presupuesto 1990-1994 de la Universidad de la República
por un monto anual de N$ 49.765:000.000 (nuevos pesos cuarenta y nueve mil
setecientos sesenta y cinco millones), a precios de 1º de enero de 1990,
en los términos remitidos por dicho ente al Poder Ejecutivo, en
cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 220 de la Constitución de la
República.