PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1990 - 1994




Promulgación: 28/12/1990
Publicación: 10/01/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 759
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 358

   Transfórmanse las actuales Fiscalías Letradas de Aduanas de 3er. y 4to.
Turno, en Fiscalías Letradas de menores de 1er. y 2do. Turno, con
competencia en todos los procedimientos preventivos, educativos y
correctivos a que den lugar los hechos antisociales cometidos por menores,
y las situaciones de abandono en las que entienden los juzgados letrados
de Menores.
   Ejercerán las funciones propias del Ministerio Público en primera y
segunda instancia y, eventualmente, en los procedimientos de casación,
representando y defendiendo la causa pública en los asuntos en que pueda
estar comprometida y actuarán en todo lo relativo a menores imputados de
la comisión de hechos antisociales o en estado de abandono, incumbiéndole
en ese concepto los deberes que la ley señale y, expresamente, de aquellos
que derivan de la condición de protector oficial de los menores, que se
consagra.
Referencias al artículo
Ayuda