INSTITUCIONES FINANCIERAS - CONTRATO DE CREDITO DE USO




Promulgación: 09/10/1989
Publicación: 10/11/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 447
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 9

    Durante el  plazo del contrato, no es lícito a la institución
acreditante retirar la cosa del poder del usuario, ni a éste devolverla
antes de concluirse el tiempo convenido, a no ser pagando la totalidad de
las cuotas periódicas  estipuladas,  con  el  descuento  racional
compuesto sobre las cuotas no vencidas.
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