ARMADA NACIONAL - OPERACIONES NAVALES




Promulgación: 28/08/1989
Publicación: 02/10/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 167

Artículo 1

   Autorízase a dos buques y un avión de la Armada Nacional a participar
conjuntamente con cinco buques de la Armada de los Estados Unidos de
América y dos buques de la Armada de la República Federativa del Brasil,
en los ejercicios navales combinados denominados Operación Unitas XXX, los
cuales se desarrollarán entre los días 19 de agosto y 4 de setiembre de
1989. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

 Autorízase a las Unidades Navales de la Armada Nacional referidas en el
artículo anterior a partir del puerto de Montevideo el día 19 de agosto de
1989, a efectos del cumplimiento de la primera fase de los mencionados
ejercicios fuera de aguas jurisdiccionales, operando desde el puerto de
Río de Janeiro.

Artículo 3

 Autorízase la realización de ejercicios navales combinados con unidades
de la Armada Nacional y en aguas territoriales, de cinco buques de la
Armada de los Estados Unidos de América y dos buques de la Armada de la
República Federativa del Brasil con motivo de realizarse la segunda fase
de la Operación Unitas XXX, entre los días 1º y 4 de setiembre de 1989,
ingresando el último día al puerto de Montevideo donde permanecerán hasta
el día 7 de setiembre de 1989, dos unidades de la Armada de los  Estados
Unidos de América y dos unidades de la Armada de la República Federativa
del Brasil.

Artículo 4

  Esta ley entrará en vigencia a partir de su promulgación por el Poder
Ejecutivo.

Artículo 5

  Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - HUGO M. MEDINA - FRANCISCO A. FORTEZA - LUIS BARRIOS TASSANO
Ayuda