Decláranse feriados para la Villa de Tranqueras, Tercera Sección
Judicial del departamento de Rivera, los días 19, 20 y 21 de julio de 1989
con motivo de los actos celebratorios del septuagésimo quinto aniversario
de su fundación.
Otórgase goce de licencia paga durante los días referidos en el
artículo 1 a los trabajadores de las actividades pública y privada,
nacidos en la Villa de Tranqueras. Los jerarcas de dichos beneficiarios
tomarán las providencias pertinentes a los efectos de acreditar dicha
condición.