ENAJENACION DE LOS BIENES DEL ESTADO - BIENES INMUEBLES




Promulgación: 17/04/1989
Publicación: 27/04/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1989
  •    Página: 445

Artículo 1

    Autorízase al Poder Ejecutivo a enajenar a título gratuito al Gobierno
Departamental de Flores la fracción de terreno ubicada en la 1ra. Sección
Judicial del departamento de Flores, empadronada con el Nº 3860, la que
según plano de mensura del agrimensor Polícrates C. Braida, de noviembre
de 1956, inscripto con el Nº 634 en la Oficina Departamental de Catastro
de Flores el 16 de enero de 1957, consta de una superficie de veinticuatro
metros cuadrados y veinte decímetros cuadrados y tiene cinco metros de
frente al norte a la avenida Pancho López; cuatro metros y cincuenta
centímetros al noreste de frente a la Ruta Nacional Nº 3; cuatro metros al
sudeste y siete metros y sesenta centímetros al suroeste, lindando ambas
con propiedad de Elbio Lateulade.

SANGUINETTI - ANTONIO MARCHESANO
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