MODIFICACION DEL PLAN DE INVERSIONES. EJERCICIO 1988 - 1989




Promulgación: 25/11/1988
Publicación: 13/12/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 930
Referencias a toda la norma

CAPITULO IX - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 16 - PODER JUDICIAL

Artículo 120

   Créase el Tribunal de Apelaciones de Familia, que conocerá en segunda
instancia las apelaciones que se interpongan contra las sentencias
dictadas por todos los Juzgados Letrados con competencia en materia de
Familia (artículos 69, 69 bis y 71 de la Ley 15.750, de 24 de junio de
1985). (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 127 y 128.
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