Autorízase al Poder Ejecutivo a enajenar a título gratuito a la
Administración Nacional de Educación Pública, para la construcción de una
escuela pública, el siguiente bien: Un solar de terreno y demás mejoras
que le acceden, sito en la Decimotercera Sección Judicial del departamento
de Montevideo, empadronado con el Nº 409.489 (antes Nº 38.985 en mayor
área), que según plano del agrimensor Joaquín Spinak de agosto de 1978,
inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional con el Nº 86.672,
tiene una superficie de cuatro mil ochocientos siete metros cuadrados
cuarenta y dos decímetros cuadrados y se deslinda así: Diez metros de
frente al Este a Camino de las Tropas; treinta y seis metros treinta y dos
centímetros al Sureste lindando con padrón Nº 41.226; ciento dieciséis
metros cuarenta y nueve centímetros al Suroeste, lindando con padrón Nº
38.985 y treinta y ocho metros tres centímetros al Noroeste lindando con
padrón Nº 409.490, todos del mismo plano.