LEY FORESTAL - FONDO FORESTAL - RECURSOS NATURALES




Promulgación: 28/12/1987
Publicación: 09/02/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 1216
Reglamentada por: Decreto Nº 452/988 de 06/07/1988.
Referencias a toda la norma

TITULO V - FOMENTO DE LA FORESTACION
CAPITULO IV - PRENDA DE BOSQUES

Artículo 62

  En caso de ejecución de la prenda que afecta a un bosque, el adquirente
deberá respetar el plan de explotación y manejo establecido para el mismo
y aprobado por la Dirección Forestal.   (*)
Referencias al artículo
Ayuda