LEY FORESTAL - FONDO FORESTAL - RECURSOS NATURALES




Promulgación: 28/12/1987
Publicación: 09/02/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 1216
Reglamentada por: Decreto Nº 452/988 de 06/07/1988.
Referencias a toda la norma

TITULO V - FOMENTO DE LA FORESTACION
CAPITULO IV - PRENDA DE BOSQUES

Artículo 59

  Para la constitución de prenda sobre bosques por el propietario del bien
a que están adheridos en caso de existir hipoteca sobre éste, será
necesario el consentimiento del acreedor hipotecario.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 60.
Referencias al artículo
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