Autorízase al Poder Ejecutivo a enajenar a título gratuito a la
Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), el bien empadronado
en mayor área con el Nº 2.594, ubicado en la Segunda Sección Judicial del
departamento de Salto, manzana catastral Nº 177, municipal Nº 265,
señalado como fracción Nº 2 en el plano del ingeniero agrimensor Fermín
Danilo Goslino de 4 de setiembre de 1984, inscripto en la Oficina
Departamental de Catastro de Salto con el 6.713 el 13 de setiembre de
1984, con una superficie de dos mil cuatrocientos diecinueve metros
cuadrados con sesenta decímetros cuadrados.