ENAJENACION DE LOS BIENES DEL ESTADO - BIENES INMUEBLES




Promulgación: 17/11/1987
Publicación: 09/12/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 888

Artículo 1

  Autorízase al Poder Ejecutivo a enajenar, a título gratuito, al Banco
Hipotecario del Uruguay el inmueble denominado "Casa del Virrey",
empadronado con el Nº 3322, con frente a la calle Piedras Nos. 554/58 de
la ciudad de Montevideo.

Artículo 2

  Autorízase al Banco Hipotecario del Uruguay a restaurar dicho inmueble
con destino a vivienda, incorporarlo al régimen de propiedad horizontal
que corresponda y vender las unidades resultantes.

Artículo 3

  Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - JULIO AGUIAR - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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