CAPITULO IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 04 - MINISTERIO DEL INTERIOR
Artículo 84
Modifícase a partir de la promulgación de la presente ley, la
denominación del Programa 009 "Administración Carcelaria", por la de
"Administración del Sistema Penitenciario Nacional". La unidad ejecutora
será la "Dirección Nacional de Cárceles, Penitenciarías y Centros de
Recuperación".