RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1986




Promulgación: 10/11/1987
Publicación: 18/11/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 658
Referencias a toda la norma

CAPITULO X - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 608

   Las declaraciones juradas, los pagos de tributos, las devoluciones y
las correspondientes registraciones de la Administración, se efectuarán
suprimiéndose las fracciones menores de N$ 0,50 (nuevos pesos cincuenta
centésimos), de acuerdo al procedimiento que se establece en el artículo
610.  
Referencias al artículo
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