RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1986




Promulgación: 10/11/1987
Publicación: 18/11/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 658
Referencias a toda la norma

CAPITULO V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 28 - BANCO DE PREVISION SOCIAL

Artículo 393

    Del total de cargos de Gerente de Departamento (C17), se asignarán
tres en cada capital departamental del interior, tres en la ciudad de
Pando y tres en la ciudad de Rosario.

Los cargos de Gerente de Departamento de cada ciudad del interior
dependerán respectivamente del Consejo de Prestaciones de Pasividad y
Ancianidad, del Consejo de Prestaciones de Actividad y del Consejo de
Asesoría Tributaria y Recaudación.

Para acceder a dichos cargos se requerirá la aceptación previo del destino
conferido y la obligación de radicarse en la respectiva ciudad por un
período no inferior a cinco años.
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