RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1986




Promulgación: 10/11/1987
Publicación: 18/11/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 658
Referencias a toda la norma

CAPITULO V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 19 - TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Artículo 361

   Créanse las siguientes partidas en el Programa 001 "Jurisdicción en
materia Administrativa", con la finalidad de atender sus servicios de
contabilidad computarizada e informática jurídica:

A) Inversiones, para unidad de control, líneas telefónicas, un "modulador"
y conexiones, un aparato telefónico, video-teclado, impresora con la
computadora y sus conexiones, N$ 4:525.000 (nuevos pesos cuatro millones
quinientos veinticinco mil);

B) Facturación anual por la Contaduría General de la Nación N$ 3:000.000
(nuevos pesos tres millones) y mantenimiento anual - estimativo -, N$
543.000 (nuevos pesos quinientos cuarenta y tres mil);

C) Recopilación y ordenación de la jurisprudencia del Tribunal de lo
Contencioso Administrativo, en régimen de arrendamiento de obra, conforme
a lo dispuesto por el inciso primero, del artículo 25, de la ley 15.809,
de 8 de abril de 1986, partida por una sola vez, de N$ 3:600.000 (nuevos
pesos tres millones seiscientos mil).

Dichas partidas serán reajustadas de acuerdo a lo establecido en el
artículo 6º de la ley 15.809, de 8 de abril de 1986.
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