RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1986




Promulgación: 10/11/1987
Publicación: 18/11/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 658
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 09 - MINISTERIO DE TURISMO

Artículo 188

    Declárase que los cargos de Director de División y Jefe de
Departamento del escalafón Ab, y los cargos de Asistente de Profesional
II de Contabilidad y  Ayudante Técnico I de Contabilidad, del escalafón
AcC, de la Unidad Ejecutora 001 "Despacho de la Secretaría de Estado y
Oficinas Dependientes", y los cargos de Jefe de Sección y Subjefe de
Sección, del escalafón Ab, de la Unidad Ejecutora 006 "Dirección Nacional
de Topografía", serán de dedicación total.
   Los actuales titulares de los cargos a los que se les atribuye por esta
ley el carácter de dedicación total, podrán renunciar al régimen a que
refiere este artículo, dentro de los noventa días de promulgada la presente ley, en cuyo caso no se percibirá la compensación
complementaria.  
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