RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1985




Promulgación: 24/12/1986
Publicación: 31/12/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 895
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL

Artículo 78

   La Dirección General de Servicios de contralor Agropecuario del
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, tendrá las facultades
previstas en el artículo 144 de la ley 13.835, de 7 de enero de 1970, en
la redacción dada por el artículo 1 del decreto ley  15.583, de 22 de
junio de 1984.
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