RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1985




Promulgación: 24/12/1986
Publicación: 31/12/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 895
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL

Artículo 63

   A los efectos de lo dispuesto en los artículos 253 y 254 de la ley
15.809, de 8 de abril de 1986 y sin perjuicio de la facultad concedida al
Poder Ejecutivo, declárase como servicio permanente y extraordinario, la
solicitud de permiso de importación cualquiera fuere el horario que
requiera el servicio.

  A dichos efectos la Dirección Nacional de Aduanas percibirá de los
usuarios por cada permiso de importación, la tarifa que corresponda a
la siguiente escala:

De U$S   500 hasta        U$S 1.000 U$S 10
De U$S   1.001 hasta       U$S 2.000 U$S 25
De U$S   2.001 hasta       U$S 8.000 U$S 40
De U$S   8.001 hasta       U$S 30.000 U$S 90
De U$S   30.001 hasta      U$S 100.000 U$S 200
De U$S   100.001 en adelante U$S 500
Referencias al artículo
Ayuda