Declárase compatible el derecho al goce de pasividad generada por
servicios docentes con la percepción de sueldos por el desempeño de
función pública en los casos de reingreso a la misma de quienes hasta el
28 de febrero de 1985 hubieren sido destituidos o separados de sus cargos
por razones ideológicas, políticas o gremiales.