{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "15792" 
  ,"anioNorma" : 1985 
  ,"nombreNorma" : "RESIDENCIAS MEDICAS HOSPITALARIAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1986/03/14/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "17/12/1985" 
  ,"fechaPublicacion" : "14/03/1986" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1985 
  ,"pagina" : 1302 
  } 
  ,"vistos" : "  " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/15792-1985/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Derógase el artículo 18 del decreto-ley 15.372, de 4 de abril de 1983.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/leyes/15792-1985/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/15792-1985/2" 
 ,"textoArticulo" : "     A los efectos del primer llamado a concurso de residentes, regulado\r\npor el decreto-ley 15.372, que se verifique con posterioridad a la\r\nvigencia de la presente ley, se admitirán egresados de hasta cinco\r\naños de titulados.\r\n\r\n  Asimismo, podrán participar en este primer llamado aquellos médicos,\r\ncualquiera haya sido el año de su titulación, que se hubieran visto\r\nimpedidos de concursar en los dos concursos previos de residencias médicas\r\npor alguno de los motivos siguientes, debidamente comprobados ante la\r\noficina inscriptora:\r\n\r\n  a) no haber obtenido certificado habilitante para ejercer la función\r\npública;\r\n  b) haber estado privado de libertad o ausente del país por razones\r\npolíticas, ideológicas y/o conexas.\r\n\r\n No podrán optar al concurso de residentes aquellos médicos que ya lo\r\nhubieran hecho en dos oportunidades.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/leyes/15792-1985/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/15792-1985/3" 
 ,"textoArticulo" : "     Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - RAUL UGARTE ARTOLA - ADELA RETA\r\n " 
 }