LEY DE CREACION DE LA OFICINA NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL




Promulgación: 15/07/1985
Publicación: 17/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 49
Referencias a toda la norma

Artículo 5

 La Oficina Nacional del Servicio Civil se comunicará directamente con los
Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, Entes Autónomos, Servicios
Descentralizados y Gobiernos Departamentales.
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