LEY ORGANICA DE LA JUDICATURA Y DE ORGANIZACION DE LOS TRIBUNALES (LOT)




Promulgación: 24/06/1985
Publicación: 08/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 1420
Ver: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
      Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13,
      Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652.
Referencias a toda la norma

TITULO II - DE LA JURISDICCION Y COMPETENCIA
CAPITULO III - COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES SEGUN LA NATURALEZA DE LA ACCION

Artículo 15

  Es tribunal competente para conocer de los juicios en que se ejerciten
acciones reales sobre bienes inmuebles, el del lugar en que esté la cosa
litigiosa.
  Si los inmuebles que son objeto de la acción real estuvieran situados
en distintos lugares, será competente cualquiera de los tribunales del
lugar en que estén situados.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 18, 19 y 20.
Referencias al artículo
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