{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "14135" 
  ,"anioNorma" : 1973 
  ,"nombreNorma" : "SORTEO EXTRAORDINARIO DE LA DIRECCION DE LOTERIAS Y QUINIELAS. AGOSTO 1973 \r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1973/06/14/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "07/06/1973" 
  ,"fechaPublicacion" : "14/06/1973" 
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  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1973 
  ,"pagina" : 1528 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/14135-1973/1" 
 ,"textoArticulo" : "    El beneficio íntegro que se obtenga del sorteo extraordinario que la Dirección de Loterías y Quinielas realizará en el mes de agosto de 1973,\r\ncomo así también los premios de dicho sorteo no cobrados, se destinarán a la reinstalación y modernización de los talleres de la Dirección General de Institutos Penales, dependiente del Ministerio del Interior.\r\n\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/leyes/14135-1973/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "    El premio mayor de esta lotería extraordinaria será de $ 400:000.000.00 (cuatrocientos millones de pesos).\r\n\r\n " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/14135-1973/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Dicho beneficio se verterá en una cuenta especial en el Banco de la República Oriental del Uruguay, a nombre del Ministerio del Interior y a su orden.\r\n\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/14135-1973/4" 
 ,"textoArticulo" : "    A los efectos de la presente ley, no regirá lo previsto por el artículo 14 de la ley N.o 13.318, de 28 de diciembre de 1964.\r\n\r\n " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/14135-1973/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " BORDABERRY - NESTOR J. BOLENTINI - MOISES COHEN\r\n " 
 }