Ratifícase el Convenio Internacional del Trabajo Nº 128 relativo a
las prestaciones de invalidez, vejez y sobrevivientes, adoptado por la
Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo el 29 de
junio de 1967, en su Quincuagésima Primera Reunión. (*)
(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el
Diario Oficial correspondiente.
BORDABERRY - JUAN CARLOS BLANCO - CARLOS EDUARDO ABDALA