LEY DE PRESUPUESTO NACIONAL DE RECURSOS. IRPF. IRIC




Promulgación: 29/12/1972
Publicación: 04/01/1973
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 1019

Referencias a toda la norma

SECCION III - IMPOSICION AL GASTO
CAPITULO I - IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Artículo 82

   (Territorialidad).- Estarán gravadas las entregas de bienes y las 
prestaciones de servicios realizadas en el territorio nacional y la introducción efectiva de bienes, independientemente del lugar en que se haya celebrado el contrato y del domicilio, residencia o nacionalidad de quienes intervengan en las operaciones y no lo estarán las exportaciones de bienes y servicios aunque las operaciones tengan comienzo de 
ejecución en el territorio nacional.
   La exportación de los servicios deberá ser justificada en la forma 
que establezca el Poder Ejecutivo en cada caso.

(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 16.
Reglamentado por:
      Decreto Nº 152/973 Derogada/o de 22/02/1973,
      Decreto Nº 39/973 Derogada/o de 16/01/1973.
Ver: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 112.
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