LEY DE PRESUPUESTO NACIONAL DE RECURSOS. IRPF. IRIC




Promulgación: 29/12/1972
Publicación: 04/01/1973
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 1019

Referencias a toda la norma

SECCION I - IMPOSICION A LA RENTA
CAPITULO II - IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO

Artículo 10

   (Rentas netas gravadas).- Se considerarán rentas netas gravadas las 
determinadas conforme con las normas que rigen la categoría Industria y 
Comercio del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas.
   Además de la deducción adicional establecida en el artículo 16, serán 
deducibles las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores siempre que no hayan transcurrido más de cinco ejercicios desde aquel en que se produjo la pérdida.

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 47/973 de 16/01/1973.
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