RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1970




Promulgación: 03/02/1972
Publicación: 09/02/1972
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1972
  •    Página: 245

Referencias a toda la norma

DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 72

   Los "Timbres de Certificados Guías" a que se refiere el artículo 354 
de la ley N° 12.804, de 30 de noviembre de 1960, con el texto dado por 
el artículo 214 de la ley N° 13.637, de 21 de diciembre de 1967, serán expedidos por las Intendencias Municipales.
   La Contaduría General de la Nación emitirá los Timbres de 
"Certificados Guías" y los suministrará a las Intendencias Municipales 
que tomarán a su cargo los gastos de la emisión.
   El valor de los "Timbres de los Certificados Guías" será el 
establecido en el artículo 125 de la ley N° 13.695, de 24 de octubre de 1968 que duplicó el valor establecido en el artículo 214 de la ley N° 13.637, de 21 de diciembre de 1967.

                           
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