Créase una Bolsa de Trabajo para el personal obrero eventual de la
Empresa de Metalúrgicos y Reparaciones Navales de Regusci y Voulminot
Ing. S. A. con asiento en la ciudad de Montevideo. La Bolsa de Trabajo
funcionará y estará administrada por el Servicio de Mano de Obra y Empleo
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Créase con facultades de asesoramiento y contralor una Comisión
Honoraria que estará integrada por un representante del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social que la presidirá y por un delegado de los
obreros eventuales y otro de la Empresa, ambos comprendidos en esta ley.
El delegado obrero será electo de acuerdo a las normas de la ley N.o
10.449, del 12 de noviembre de 1943.
Los delegados profesionales durarán dos años en su funciones y podrán
ser relectos.