VIAJANTES Y VENDEDORES DE PLAZA. DERECHO LABORAL




Promulgación: 22/07/1971
Publicación: 28/07/1971
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1971
  •    Página: 160

Artículo 1

   Los viajantes y vendedores de plaza a que se refiere la ley N.o 12.156
de 22 de octubre de 1954, son empleados, y como tales, están comprendidos
en la legislación del trabajo y leyes de previsión social.

PACHECO ARECO - JORGE SAPELLI
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