Auméntase a la suma de $ 10.000.00 (diez mil pesos) mensuales, la
pensión graciable acordada por la ley N.o 10.862, de 23 de octubre de
1946, a la señora María Luisa Yanneo de Bergara y a la señorita Luisa
Ruth Bergara Yanneo, como viuda e hija del doctor Eugenio Pedro Bergara.
Esta pensión continuará siendo atendida con cargo a Rentas Generales y
conservará las características establecidas en la mencionada ley N.o
10.862, de 23 de octubre de, 1946 y su modificativa N.o 11.356, de 15 de
octubre de 1949.