Acuérdase una pensión graciable de pesos 15.000.00 (quince mil pesos)
mensuales, a la señora Amalia Adela Bregante de Arias y al señor José
Fernando Arias Bregante, en sus calidades de viuda e hijo del Profesor
doctor José F. Arias, acumulable a la asignación de pasividad legal que
les pudiera corresponder.