FIJACION DE SALARIO. MINISTROS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA




Promulgación: 20/11/1970
Publicación: 26/11/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1970
  •    Página: 1021

Artículo 1

   Fíjanse, a partir del 1° de enero de 1971, en la suma de $ 120.000.00 
(ciento veinte mil pesos) líquidos mensuales las dotaciones básicas de 
los Ministros de la Suprema Corte de Justicia.
   Les alcanzará, igualmente, las compensaciones y beneficios que 
correspondan a los funcionarios del Poder Judicial.

Artículo 2

   Se servirán por Tesorería los descuentos establecidos por las leyes 
jubilatorias.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

PACHECO ARECO - CARLOS M. FLEITAS - CESAR CHARLONE





       



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