RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1969




Promulgación: 19/10/1970
Publicación: 20/10/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1970
  •    Página: 539
Referencias a toda la norma

TITULO III - DISPOSICIONES SOBRE DIVERSAS MATERIAS
CAPITULO IX - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 524

   Las tierras municipales a que se refiere la Ley Nº 4.272, de 21 de 
octubre de 1912, se considerarán definitivamente salidas del dominio 
municipal, siempre que hubieran sido poseídas por cuarenta y cinco años y 
que esa posesión conste de documento público o auténtico.
   Las sobras de las tierras que ampara el inciso anterior, también se 
considerarán salidas del dominio municipal, siempre que no excedan del 
quince por ciento del área referida, en los títulos respectivos. Si el sobrante fuera mayor, en la parte que exceda de ese quince por ciento, 
será de aplicación lo dispuesto en el artículo siguiente.
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