RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1969




Promulgación: 19/10/1970
Publicación: 20/10/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1970
  •    Página: 539
Referencias a toda la norma

TITULO III - DISPOSICIONES SOBRE DIVERSAS MATERIAS
CAPITULO I - INDUSTRIA NACIONAL
INDUSTRIA DE FERTILIZANTES

Artículo 440

   Las empresas mencionadas en el artículo anterior, no estarán 
amparadas por los beneficios que se otorguen por la presente ley, cuando
recaigan sobre bienes que no estén afectados directamente al giro u 
operaciones que dan mérito a la misma y sobre importaciones y entradas de
cualquier índole que no se relacionan directamente con el giro exonerado.

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 218/971 de 27/04/1971.
Ver en esta norma, artículo: 443.
Referencias al artículo
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