RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1969




Promulgación: 19/10/1970
Publicación: 20/10/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1970
  •    Página: 539
Referencias a toda la norma

TITULO II - NORMAS TRIBUTARIAS
CAPITULO VI - IMPUESTO A LAS ENTRADAS BRUTAS

Artículo 380

   Declárase con efecto retroactivo al 1º de noviembre de 1969, que 
las ventas de carne de cualquier tipo y subproductos efectuados por los 
frigoríficos habilitados y destinados al consumo público, están 
exonerados del Impuesto a las Entradas Brutas a que se refiere el 
artículo 61 de la Ley Nº 13.241, de 31 de enero de 1964 y modificativas.
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