TITULO I - RENDICION DE CUENTAS Y EGRESOS CAPITULO XX - FONDO NACIONAL DE INVERSIONES DISPOSICIONES VARIAS MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Artículo 352
Autorízase al Ministerio de Educación y Cultura a disponer de hasta el
20% (veinte por ciento) del total del crédito asignado al Programa 11.20
"Construcciones, Reparaciones y Ampliaciones en plazas y campos deportivos, rincones infantiles y otras obras vinculadas a la práctica de
los deportes", a los efectos de contribuir a la financiación de las siguientes obras:
A) Mejoramiento e instalaciones complementarias de la pileta de
natación de Trouville.
B) Centros de Barrio en las Unidades Buceo, Malvín Norte y Barrio
Municipal Instrucciones.
C) Construcción de gimnasio y pileta de natación en la plaza de
deportes del Cerrito de la Victoria.
D) Mejoramiento a instalaciones complementarias de la Pista Oficial de
Atletismo.