RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1969




Promulgación: 19/10/1970
Publicación: 20/10/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1970
  •    Página: 539
Referencias a toda la norma

TITULO I - RENDICION DE CUENTAS Y EGRESOS
CAPITULO XIX - FONDO NACIONAL DE SUBSIDIOS

Artículo 311

   Los subsidios previstos en esta ley a favor de Entes Autónomos, 
Servicios Descentralizados, Municipios y demás Organismos Públicos, 
caducarán en caso de que los mismos acuerden aumentos en las asignaciones
de su personal, superiores a los previstos por la presente ley para la Administración Central.
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