RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1969




Promulgación: 19/10/1970
Publicación: 20/10/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1970
  •    Página: 539
Referencias a toda la norma

TITULO I - RENDICION DE CUENTAS Y EGRESOS
CAPITULO XVII - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION
INCISO 30 - CAJA DE COMPENSACIONES POR DESOCUPACION EN LA INDUSTRIA FRIGORIFICA

Artículo 292

   Fíjase en $ 250 (doscientos cincuenta pesos) mensuales por año de 
servicio la prima por antigüedad, para el personal de la Caja de 
Compensaciones por Desocupación en la Industria Frigorífica (Ley Nº 10.562, de 12 de diciembre de 1944). Dicho beneficio que se atenderá con
los recursos de la referida Caja comenzará a percibirse a partir del 
quinto año de ingreso a la Administración Pública.
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