FIJACION DE SALARIO. MINISTROS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA




Promulgación: 24/02/1970
Publicación: 02/03/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1970
  •    Página: 839

Artículo 1

  Fíjanse a partir del 1.o de enero de 1970 en la suma de $ 80.000.00 
(ochenta mil pesos) líquidos mensuales, las dotaciones básicas de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia.
  Les alcanzará, igualmente, las compensaciones y beneficios que 
correspondan a los funcionarios del Poder Judicial.

Artículo 2

  Se servirán por Tesorería los descuentos establecidos por las leyes 
jubilatorias.

Artículo 3

  Comuníquese, etc.

PACHECO ARECO - FEDERICO GARCIA CAPURRO - CESAR CHARLONE



       






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