EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO




Promulgación: 07/01/1970
Publicación: 13/01/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1970
  •    Página: 145
Referencias a toda la norma

Artículo 2

  Facúltase al Poder Ejecutivo a ceder en usufructo por un plazo no menor 
de 30 años el inmueble mencionado en el artículo anterior a la 
Institución deportiva "Club Social y Deportivo Olympic Belgrano", de la ciudad de Montevideo, en las condiciones que se establezca en la reglamentación.
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