RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1968




Promulgación: 07/01/1970
Publicación: 09/01/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1970
  •    Página: 34

Referencias a toda la norma

CAPITULO VIII - MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 93

  Fíjase en el Programa 4.01, Secretaría del Ministerio del Interior el 
Renglón 082 del Rubro 0, en $ 12.000 (doce mil pesos) anuales y $ 6.000 (seis mil pesos), anuales, la partida para Quebrantos de Caja del 
Tesorero y Subtesorero, respectivamente.
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