RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1968




Promulgación: 07/01/1970
Publicación: 09/01/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1970
  •    Página: 34

Referencias a toda la norma

CAPITULO VII - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 85

  Los fondos a que hace referencia el artículo 52 de la Ley N° 13.737, de
9 de enero de 1969, serán recaudados directamente por la Comisión 
Nacional de Aeropuertos y depositados en la cuenta de la misma en el 
Banco de la República Oriental del Uruguay.
Referencias al artículo
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