RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1968




Promulgación: 07/01/1970
Publicación: 09/01/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1970
  •    Página: 34

Referencias a toda la norma

CAPITULO VII - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 64

  Extiéndese a la Prefectura General Marítima lo dispuesto en el artículo 
87 de la Ley N° 13.640, de 26 de diciembre de 1967, correspondiendo al Habilitado de la Prefectura General Marítima los cometidos que en dicho artículo se atribuyen al Habilitado del Ministerio del Interior.
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