Dispónese que las partidas asignadas a la construcción del Puente
Ferroviario sobre el arroyo Porongos, que figuran en las Leyes N° 13.640,
de 26 de diciembre de 1967, y N° 13.737, de 9 de enero de 1969, serán transferidas a las obras del numeral 26 del Programa 20 del Inciso 11, Ministerio de Educación y Cultura, de la citada Ley N° 13.640, de 26 de
diciembre de 1967, "Construcción de una piscina y demás necesidades para
su funcionamiento en el Parque Centenario de la ciudad de Trinidad (Flores)". En caso de quedar saldo disponible una vez finalizada esta
obra, el mismo se destinará a reforzar el numeral 24 de igual Programa e
Inciso de la misma ley; "Construcción de un Gimnasio Cerrado en la Plaza
de Deportes de Trinidad (Flores)". Esta erogación se atenderá con cargo
al Fondo Nacional de Inversiones del Ministerio de Obras Públicas.