Declárase de utilidad pública la expropiación de los predios padrones
N.os 96998-99, 97000 y 32790, ubicados en el departamento de Montevideo, con destino al Ministerio de Educación y Cultura. Dichos predios seguirán siendo ocupados por el Campus y Centro de Barrio del Club Universitario
del Uruguay. Destínase por una sola vez la cantidad de $ 5:000.000 (cinco millones de pesos), con cargo al numeral 1) del artículo 290 de la
presente ley, Subcuenta Inversiones Estatales del Ministerio de Economía y Finanzas.