RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1968




Promulgación: 07/01/1970
Publicación: 09/01/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1970
  •    Página: 34

Referencias a toda la norma

CAPITULO XI - MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA

Artículo 145

  Decláranse que las infracciones cometidas contra las disposiciones de 
la Ley Nº 9.481, de 4 de julio de 1935, se sancionan administrativamente
con las penas que las normas en vigor establecen para el contrabando.

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