RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1968




Promulgación: 07/01/1970
Publicación: 09/01/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1970
  •    Página: 34

Referencias a toda la norma

CAPITULO IX - MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 108

  Antes de ser sacado a la venta, el contenido de cada depósito será 
comprobado en acto en que intervendrá el Actuario, o el funcionario que éste comisione bajo su responsabilidad, del Juzgado a cuya orden se encuentra el depósito.
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