REMUNERACIONES DE LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS




Promulgación: 18/12/1969
Publicación: 26/12/1969
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1969
  •    Página: 2255

Artículo 2

   (Normas aplicables). Rige para el procedimiento de fijación de las 
remuneraciones establecidas en el artículo anterior, y en lo que sean aplicables, las normas del artículo 14 de la ley N° 12.997, de 28 de noviembre de 1961.

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